El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares —CNPCyF— representa uno de los cambios procesales más importantes para la abogacía mexicana. No se trata solamente de un nuevo ordenamiento, sino de una nueva forma de litigar: más oral, más concentrada, más digital, más exigente en materia probatoria y con una fuerte orientación hacia los derechos
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La entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares obliga a modificar hábitos profesionales muy arraigados en el foro mexicano. El nuevo modelo procesal no solamente cambia la estructura de los juicios civiles y familiares; también introduce una lógica de concentración, oralidad, preclusión, dirección judicial y justicia digital que exige al abogado
Por Dr. Erick Mena Moreno. Autor del libro “Lecciones de Derecho Procesal conforme al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares”. Este proceso principia con una demanda que debe cumplir con los requisitos señalados en el artículo 1390 Bis-11 y la cual deben acompañarse las pruebas que se tengan conforme al diverso artículo 1390 Bis-13.
Por Dr. Erick Mena Moreno Socio en Capin Abogados e Investigador por la Escuela Libre de Derecho. El 15 de septiembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que adicionó la fracción XXX al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para facultar al Congreso
