I. Introducción En los últimos años, el derecho de daños en México ha experimentado una evolución significativa en torno al deber de seguridad que recae sobre proveedores de bienes y servicios. Particular relevancia han adquirido los criterios emitidos por el Poder Judicial de la Federación respecto de la responsabilidad civil extracontractual subjetiva de los establecimientos
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Miguel Carbonell * Abogado – Profesor – Escritor – Especialista en Derecho Constitucional De manera muy breve, el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona en la última parte de su párrafo tercero la obligación del legislador para proteger a los consumidores y propiciar su organización para el mejor cuidado
