Tipos de regímenes patrimoniales del matrimonio
Maestría en Derecho Familiar
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El régimen patrimonial o económico del matrimonio se define como “el sistema de normas jurídicas a través del cual se regula la relación económica y/o de administración y propiedad de los bienes adquiridos durante el matrimonio, ya sea entre los cónyuges o de éstos frente a terceros”[1].
Actualmente existen tres regímenes y son los siguientes:
1. Regímenes de comunidad: se constituyen por la existencia de un patrimonio común, es decir, la propiedad es de ambos cónyuges. Asimismo, puede ser universal o limitado:
a) Universal: cuando los patrimonios de los cónyuges se unen, ya sea que se trate de bienes adquiridos antes o durante el matrimonio.
b) Limitado: cuando la sociedad recae únicamente sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio.
2. Régimen de separación: cada uno de los cónyuges conserva la propiedad y la administración de sus bienes.
3. Régimen mixto: se constituye por patrimonios propiedad de cada uno, así como por patrimonios propiedad de ambos. En este régimen se debe hacer la declaración explícita de los bienes de cada cónyuge que entran a la sociedad conyugal y los que forman parte de su patrimonio individual.
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FUENTE:
María de Montserrat Pérez Contreras, Derecho de familia y sucesiones, Nostra Ediciones-UNAM, México, 2010.
[1]María de Montserrat Pérez Contreras, Derecho de familia y sucesiones, Nostra Ediciones-UNAM, México, 2010, p. 43.