Los principios generales del procedimiento administrativo
Maestría en Derecho Procesal Civil y Mercantil
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El artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo nos indica que: “La actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe”. Veamos brevemente a qué se refiere cada uno.
1) Principio de economía
Refiere a que la administración pública debe actuar con ahorro de trabajo y costo, tratando de obtener el mayor resultado con el mínimo esfuerzo. Es decir, evitando a los administrados trámites superfluos o redundantes y aminorando de esta forma el trabajo a los órganos o servidores públicos.
2) Principio de celeridad
Las autoridades administrativas deben evitar lentos o complicados pasos administrativos que obstaculicen el desarrollo del trámite del expediente. Sin embargo, muchas veces este principio no se cumple porque el procedimiento se retrasa (por exceso de trabajo o por no existir una buena organización).
3) Principio de eficacia
Se refiere a la rapidez y a la sencillez del procedimiento de la manera más económica posible.
4) Principio de legalidad
Implica una obligación para las autoridades de actuar siempre con apego a las leyes y a la Constitución. Las autoridades no tienen más facultades que las que expresamente les atribuye la ley. Por tanto, los actos de autoridades administrativas que no estén autorizados por ley alguna, importan violación de garantías.
5) Principio de publicidad
Lo establece el artículo 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo cuando dice:
Los interesados en un procedimiento administrativo tendrán derecho de conocer, en cualquier momento, el estado de su tramitación, recabando la oportuna información en las oficinas correspondientes, salvo cuando contengan información sobre la defensa y seguridad nacional, sean relativos a materias protegidas por el secreto comercial o industrial, en los que el interesado no sea titular o causahabiente, o se trate de asuntos en que exista disposición legal que lo prohíba.
6) Principio de buena fe
El principio de la buena fe es un principio general del derecho. En este caso en particular, implica que las autoridades administrativas deben adoptar un comportamiento leal. Es decir, es un estándar o un modelo ideal de conducta social.
FUENTES:
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
López Olvera, Miguel Alejandro, “Los principios del procedimiento administrativo”, en Miguel Alejandro López Olvera y David Cienfuegos Salgado (coords.), Estudios en homenaje a don Jorge Fernández Ruiz. Tomo I Derecho Administrativo, UNAM, México, 2016.