De acuerdo al artículo 251 del Código Nacional de Procedimientos Penales, no requieren autorización del Juez de control los siguientes actos de investigación: I. La inspección del lugar del hecho o del hallazgo II. La inspección de lugar distinto al de los hechos o del hallazgo III. La inspección de personas IV. La revisión corporal
Etiqueta: proceso penal
De acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales, compete al Ministerio Público conducir la investigación, coordinar a las Policías y a los servicios periciales durante la investigación, resolver sobre el ejercicio de la acción penal en la forma establecida por la ley y, en su caso, ordenar las diligencias pertinentes y útiles para demostrar, o
