La formación invisible del jurista
1er Congreso sobre Razonamiento Probatorio
Ofrece herramientas para valorar la prueba con rigor, vincular hechos y normas de manera argumentativa y enfrentar con mayor solvencia los retos probatorios en cualquier rama del Derecho.
La enseñanza jurídica formal posee una arquitectura reconocible y sistemática, que está a la vista de todos los que hemos estudiado la carrera de derecho (y con mayor razón para quienes hemos tenido la gran oportunidad de estudiar un posgrado).
Se estructura en asignaturas delimitadas, programas oficiales, manuales de referencia, jurisprudencia seleccionada y mecanismos de evaluación estandarizados. En ese espacio académico se transmiten categorías dogmáticas, se sistematizan instituciones, se aprenden técnicas interpretativas y se ejercita el razonamiento jurídico bajo parámetros relativamente controlados. Desde la normatividad estructural de Hans Kelsen hasta las concepciones interpretativas y principialistas de Ronald Dworkin, el estudiante adquiere un andamiaje conceptual indispensable para comprender el derecho como sistema.
Sin embargo, esa dimensión visible y certificable de la formación jurídica no agota el proceso de construcción del jurista. Existe una esfera más profunda, menos formalizada y difícilmente evaluable: se trata de lo que propongo que llamemos “la formación invisible del jurista”. No se incorpora explícitamente en los planes de estudio, no otorga créditos académicos ni aparece en los programas oficiales. No obstante, es esta dimensión la que termina configurando el criterio profesional, la autoridad intelectual y la identidad ética de quien ejerce el derecho.
La formación invisible no sustituye al conocimiento técnico; lo transforma y permite hacerlo operativo en la práctica cotidiana de la abogacía. Constituye el tránsito del saber teórico a la responsabilidad práctica, del dominio conceptual al juicio prudencial, de la seguridad dogmática a la gestión estratégica de la incertidumbre.
Implica al menos los siguientes elementos:
I. Del conocimiento normativo a la responsabilidad decisoria
En la universidad, el estudiante aprende a identificar la norma aplicable y a formular la respuesta “correcta” dentro de un marco teórico. La estructura del aprendizaje presupone que el problema tiene solución y que el ejercicio consiste en descubrirla mediante herramientas conceptuales adecuadas.
La práctica profesional, en cambio, revela una realidad distinta. Las decisiones jurídicas raramente presentan una única respuesta indiscutible. Lo que suele existir son alternativas razonables con distintos niveles de riesgo, costos y consecuencias.
La formación invisible comienza cuando el conocimiento deja de ser una operación intelectual abstracta y se convierte en una decisión con impacto en la vida real. Asesorar una operación corporativa, recomendar iniciar o no un litigio, emitir un dictamen en un entorno regulatorio inestable o diseñar una estrategia de cumplimiento normativo implica asumir responsabilidades económicas, institucionales y reputacionales.
Aquí emerge una transformación decisiva: el jurista ya no busca únicamente la coherencia interna del argumento, sino la viabilidad estratégica de la decisión. La racionalidad se vuelve práctica, no meramente analítica. Se trata de elegir bajo condiciones de incertidumbre, sabiendo que la decisión adoptada producirá efectos concretos en la vida de personas e instituciones.
II. La construcción del criterio: más allá de la dogmática
La dogmática jurídica proporciona marcos interpretativos y herramientas sistemáticas. Sin embargo, ningún tratado puede suplir el desarrollo del criterio profesional.
El criterio no equivale a intuición improvisada. Se trata de una forma sofisticada de juicio prudencial que integra experiencia, análisis normativo, comprensión institucional y anticipación estratégica. Implica la capacidad de:
* Identificar lo verdaderamente relevante en un caso complejo.
* Jerarquizar argumentos cuando todos parecen defendibles.
* Prever efectos secundarios y consecuencias sistémicas.
* Anticipar la reacción probable de jueces, autoridades administrativas o contrapartes.
Esta competencia no se adquiere por memorización, sino por exposición reiterada a problemas reales y por reflexión crítica posterior sobre las decisiones adoptadas. Aristóteles denominó “phronesis” a esta sabiduría práctica orientada a la acción prudente. El jurista maduro encarna precisamente esa forma de inteligencia: sabe qué dice la norma, pero también cuándo, cómo y en qué contexto invocarla.
III. La gestión estructural de la incertidumbre
La teoría jurídica tiende a presentar el derecho como un sistema coherente y relativamente estable. La práctica, en cambio, opera en escenarios atravesados por ambigüedades normativas, cambios jurisprudenciales y oscilaciones regulatorias.
La formación invisible del jurista consiste en aprender a convivir con esta incertidumbre estructural sin paralizarse. Implica desarrollar capacidades tales como:
* Construir escenarios alternativos.
* Diseñar estrategias flexibles.
* Comunicar riesgos con transparencia y precisión.
El profesional experimentado no promete resultados absolutos; formula estimaciones probabilísticas y gestiona expectativas. Comprende que el derecho no es una ciencia exacta, sino una práctica institucional donde intervienen factores interpretativos, políticos y contextuales.
IV. La disciplina de la escucha y el silencio estratégico
La formación académica enfatiza la capacidad de argumentar y persuadir. Se aprende a hablar, a debatir, a defender posiciones con solidez técnica. Sin embargo, la práctica revela la centralidad de otra competencia menos visible: la escucha activa.
Escuchar no es simplemente oír. Supone captar matices, detectar intereses subyacentes, identificar motivaciones implícitas. Escuchar al cliente más allá de su narrativa inicial; escuchar las omisiones estratégicas de la contraparte; escuchar el tono de las preguntas judiciales; escuchar las tensiones internas de un equipo profesional.
Esta capacidad transforma la argumentación. Permite desplazar el conflicto desde la confrontación normativa hacia la identificación de intereses negociables. La formación invisible no solo amplía competencias técnicas; modifica la actitud profesional.
V. El contacto con la dimensión humana del conflicto
En los manuales, los casos son abstracciones ordenadas. En la práctica, los conflictos están atravesados por emociones, expectativas y desequilibrios de poder.
Divorcios contenciosos, disputas societarias, procesos sancionadores o litigios patrimoniales involucran dimensiones psicológicas y sociales que no aparecen en la estructura formal de la norma. El jurista aprende que el conflicto jurídico rara vez es puramente normativo; es también humano.
Esta experiencia desarrolla sensibilidad y empatía, pero también exige límites. La formación invisible consiste en encontrar el equilibrio entre comprensión emocional y objetividad técnica. El profesional no puede convertirse en un actor emocional del conflicto; debe mantener distancia crítica sin perder humanidad.
VI. Ética en zonas grises
Cuando estamos en la carrera de derecho, la ética profesional se estudia como conjunto de reglas deontológicas. Sin embargo, la práctica sitúa al jurista en zonas grises donde las respuestas no están predefinidas.
Estrategias procesales agresivas pero formalmente conformes con la legalidad, exploración de vacíos regulatorios, tensiones entre intereses del cliente y convicciones personales: estas situaciones no siempre encuentran solución en códigos disciplinarios.
La formación invisible consiste en desarrollar una brújula interna que oriente decisiones en contextos ambiguos. La ética del jurista no se limita al cumplimiento formal; implica coherencia personal y responsabilidad institucional. Es aquí donde la identidad profesional comienza a consolidarse.
VII. El reconocimiento de las dinámicas de poder
El derecho no opera en un vacío neutral. Interactúa con estructuras de poder económico, político e institucional. Litigar implica confrontar o negociar con dichas estructuras; asesorar implica influir en decisiones estratégicas.
La formación invisible del jurista incluye la capacidad de reconocer estas dinámicas sin convertirse en ejecutor acrítico. Implica entender que aplicar una norma puede significar también participar en la configuración de equilibrios sociales.
El jurista atento al entorno en el que debe desenvolverse sabe distinguir entre técnica jurídica y efectos estructurales de sus decisiones.
VIII. Resiliencia, error y aprendizaje continuo
En la enseñanza universitaria del derecho, cuando nos disponemos a evaluar los conocimientos de nuestros alumnos, lo que se premia es la precisión y el acierto. En cambio la práctica enfrenta al profesional con el error, la derrota y la imprevisibilidad judicial.
La formación invisible incluye aprender a analizar fracasos sin autocomplacencia, extraer lecciones estratégicas y mantener estabilidad emocional bajo presión. La autoridad profesional no surge de la infalibilidad, sino de la capacidad de aprendizaje sostenido.
IX. La temporalidad del oficio y la humildad intelectual
El derecho evoluciona constantemente. Cambian las normas, cambian los criterios judiciales, cambian las prioridades regulatorias. El jurista descubre que su formación nunca está concluida. Cuando estamos en la carrera nos enseñan el contenido de cada materia como si fuera una fotografía que refleja un escenario estático; cuando estamos en la práctica nos damos cuenta que el día a día de la profesión se parece más a una película, la cual nunca se detiene y más bien está en permanente cambio.
Esta conciencia genera humildad intelectual. Impulsa actualización permanente y evita el dogmatismo. La formación invisible no es un estadio alcanzado; es un proceso continuo que se profundiza con cada caso, cada cliente y cada decisión.
X. La identidad profesional como síntesis
Finalmente, la formación invisible moldea la identidad del jurista. No se trata únicamente de dominar técnicas, sino de definir un modo de estar en el derecho.
¿Es el jurista un técnico neutral? ¿Un estratega al servicio de intereses privados? ¿Un garante institucional? ¿Un mediador social? La respuesta no se determina en un aula; se construye a lo largo del ejercicio profesional.
La identidad surge de la síntesis entre técnica, ética y experiencia. Es el resultado de decisiones acumuladas, de conflictos enfrentados y de principios sostenidos.
Conclusión
La formación invisible del jurista constituye el proceso mediante el cual el conocimiento normativo se transforma en criterio prudencial, responsabilidad ética y autoridad profesional. No puede ser estandarizada ni plenamente evaluada, pero es decisiva en el éxito profesional del abogado.
El derecho visible se aprende en manuales y tratados. El derecho invisible se aprende en la práctica, en la incertidumbre, en el error y en la reflexión constante. Es ahí donde el jurista deja de ser estudiante de normas y se convierte en profesional con identidad propia, capaz de integrar técnica, estrategia y responsabilidad en el ejercicio del oficio jurídico.