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Etapas del procedimiento de mediación familiar en la ciudad de México 

Etapas del procedimiento de mediación familiar en la ciudad de México

Congreso sobre el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

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La mediación en la CDMX prevé la atención entre las materias civil, mercantil y familiar. En cuanto a la materia familiar, el artículo 5 de la Ley de Justicia Alternativa señala que la mediación procederá en los siguientes supuestos: “las controversias que deriven de las relaciones entre las personas que se encuentren unidas en matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia o, cuando se encuentren en dichos supuestos, tengan hijos en común; entre personas unidas por algún lazo de parentesco por consanguinidad, por afinidad o civil; las que surjan de esas relaciones con terceros, así como por sucesiones testamentarias e intestamentarias.”  

El proceso es el que sigue: 

El artículo 2 de la Ley de Justicia Alternativa señala que es necesario realizar una pre-mediación que es: “la sesión informativa previa en la que las personas interesadas son orientadas sobre las ventajas, principios y características de la mediación y para valorar si la controversia que se plantea es susceptible de ser solucionada mediante este procedimiento o, en caso contrario, sugerir las instancias pertinentes”.  

Una vez que se inicia el proceso de mediación, se divide en varias etapas señaladas en el artículo 30 de la Ley de Justicia Alternativa: 

I. Inicial: 

a) Encuentro entre mediador y mediados;  

b) Recordatorio y firma de las reglas de la mediación y del convenio de confidencialidad;  

c) Indicación de las formas y supuestos de terminación de la mediación;  

d) Firma del convenio de confidencialidad;  

e) Narración del conflicto;  

II. Análisis del caso y construcción de la agenda:  

a) Identificación de los puntos en conflicto;  

b) Reconocimiento de la corresponsabilidad;  

c) Identificación de los intereses controvertidos y de las necesidades reales generadoras del conflicto;  

d) Atención del aspecto emocional de los mediados;  

e) Listado de los temas materia de la mediación;  

f) Atención de los temas de la agenda. 

III. Construcción de soluciones:  

a) Aportación de alternativas;  

b) Evaluación y selección de alternativas de solución; y  

c) Construcción de acuerdos.  

IV. Final:  

a) Revisión de acuerdos; y  

b) Elaboración del convenio y, en su caso, firma del que adopte la forma escrita. 


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FUENTES: Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal 

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