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Argumentación Jurídica

La lógica de las inferencias argumentativas

La lógica de las inferencias argumentativas

Diplomado Argumentación Jurídica

El objetivo de este Diplomado es que los alumnos desarrollen capacidades argumentativas e interpretativas, logrando aplicarlas en su labor profesional al redactar demandas, promover recursos, llevar audiencias orales e interpretar derechos usando la ponderación y la proporcionalidad.

Miguel Carbonell *

Abogado – Profesor – Escritor – Especialista en Derecho Constitucional

La lógica inferencial se refiere a la rama de la lógica que se ocupa de la estructura de argumentos, la relación entre premisas y conclusión, y cómo se deduce la validez de un argumento. Se trata de un tema muy útil aunque poco estudiado por los juristas mexicanos.

Los principios de la lógica inferencial ayudan a establecer la validez de las inferencias, es decir, cómo se puede llegar legítimamente a una conclusión a partir de una o más premisas.

Aquí algunos de los principios más conocidos de la lógica inferencial, que nos pueden ayudar a construir argumentos jurídicos de mayor calidad:

1. Principio de identidad: Este principio establece que una proposición es idéntica a sí misma. Por ejemplo, si “A es B”, entonces “A es B” en todos los casos donde “A es B” sea verdadero.

2. Principio de no contradicción: Afirmar que una proposición no puede ser verdadera y falsa al mismo tiempo. En otras palabras, una proposición “A” y su negación “no A” no pueden ser ambas verdaderas al mismo tiempo.

3. Principio del tercero excluido: Este principio sostiene que para cualquier proposición, o es verdadera o su negación es verdadera. No hay una tercera opción; por ejemplo, “A es B” o “A no es B”, sin posibilidad de un término medio.

4. Principio de razón suficiente: Sostiene que para que algo exista u ocurra, debe haber una razón suficiente para que exista u ocurra. Esto implica que todo efecto tiene una causa o que todo argumento debe tener premisas que lo justifiquen.

5. Modus ponens (afirmación del antecedente): Un principio de inferencia que dice que si “Si A, entonces B” es verdadero y “A” es verdadero, entonces “B” también debe ser verdadero.

6. Modus tollens (negación del consecuente): Otro principio de inferencia que establece que si “Si A, entonces B” es verdadero y “B” es falso, entonces “A” también debe ser falso.

7. Principio de inferencia por analogía: Se basa en la comparación entre dos o más objetos o situaciones y la deducción de conclusiones a partir de sus similitudes. Si dos cosas son similares en algunos aspectos, se infiere que también podrían serlo en otros.

8. Principio de generalización y especificación: La generalización permite formar una conclusión general a partir de casos específicos, mientras que la especificación hace lo opuesto, derivando conclusiones específicas de principios generales.

Estos principios se aplican en la construcción y evaluación de argumentos en la lógica formal e informal, facilitando la identificación de argumentos válidos e inválidos y ayudando en el razonamiento deductivo e inductivo. Se trata, en consecuencia, de enfoques útiles para el trabajo que hacemos como profesionales del derecho, particularmente en lo referido a la argumentación jurídica.


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