Datos y relatos: metodología de investigación mixta
Certificación en Razonamiento Probatorio
Dominar los elementos epistemológicos para resolver cuestiones de valoración de prueba en los procesos judiciales. Mejorarás sus destrezas de litigación para ganar asuntos con la correcta probanza de determinados hechos y supuestos.
Por Mercedes Carbonell Peláez
El derecho es una de las ciencias sociales en las que más se investiga. Más allá del ámbito académico, la investigación jurídica forma parte del ejercicio profesional cotidiano: se investiga para identificar la legislación vigente y sus cambios, para comprender los principales problemas del sistema de justicia, para construir la teoría del caso que se habrá de litigar, para incorporar antecedentes jurisprudenciales nacionales e internacionales o para detectar áreas normativas que requieren reformas.
Tradicionalmente, la metodología más utilizada en el ámbito jurídico ha sido la investigación cualitativa, apoyada principalmente en el uso de técnicas como el análisis documental y la entrevista. El análisis documental implica el estudio de forma sistemática de fuentes normativas y jurisprudenciales, así como, en muchos casos, el uso del método comparado para examinar similitudes y diferencias entre distintos ordenamientos jurídicos. Por su parte, la entrevista permite recuperar información de primera mano a partir de la experiencia, percepción e interpretación de personas clave —como operadores jurídicos, autoridades, personas usuarias del sistema de justicia o especialistas—, con el objetivo de comprender los fenómenos jurídicos desde su dimensión práctica.
Si bien este predominio es comprensible —y en muchos casos necesario—, una formación sólida en investigación jurídica exige que el abogado o la abogada sea capaz de aprovechar estratégicamente la metodología cuantitativa. La investigación cuantitativa “utiliza mediciones numéricas, es decir, datos cuantificables, para estudiar un problema determinado”, lo que permite identificar patrones, tendencias y relaciones entre variables que difícilmente pueden observarse únicamente a partir del análisis normativo o discursivo.
Aunque los argumentos jurídicos se construyen principalmente a partir de la normativa vigente y de los hechos del caso —obtenidos, por ejemplo, mediante entrevistas—, la incorporación de datos cuantitativos puede fortalecer de manera significativa el análisis jurídico. Los estudios estadísticos permiten contextualizar los problemas legales, dimensionar su magnitud y aportar evidencia empírica que respalde diagnósticos, argumentos y propuestas de reforma.
El uso de datos cuantitativos en el derecho no busca sustituir el análisis normativo ni la interpretación jurídica, sino complementarlos. Los datos permiten responder preguntas que el análisis puramente cualitativo difícilmente puede contestar por sí solo: ¿con qué frecuencia ocurre un fenómeno?, ¿a quiénes afecta más?, ¿en qué contextos se reproduce?, ¿cómo ha evolucionado en el tiempo?
Un ejemplo claro es el análisis de la impunidad. No es lo mismo afirmar, de manera general, que existe un problema estructural en el sistema de justicia penal, que demostrarlo empíricamente. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (INEGI, 2025), en México poco más del 90 % de los delitos no se denuncian; sólo 6.8 % derivan en una carpeta de investigación, y de los 33.5 millones de delitos ocurridos, apenas 0.8 % tuvieron una resolución favorable en el Ministerio Público. Estos datos permiten dimensionar el problema, identificar cuellos de botella institucionales a partir de preguntas sobre razones para la no denuncia y sustentar argumentos jurídicos y de política pública con evidencia empírica.
De manera similar, los datos permiten analizar el funcionamiento de otros ámbitos del sistema de justicia. En materia laboral, por ejemplo, los registros administrativos muestran que entre noviembre de 2020 y diciembre de 2024 el Poder Judicial de la Federación abrió 60 258 expedientes en procedimiento ordinario. De los expedientes admitidos, 23 207 fueron solucionados, mientras que 22 593 permanecían en proceso al cierre del periodo. Casi la mitad de los asuntos resueltos (49.5 %) concluyeron mediante sentencia, y de éstas, 46.1 % fueron condenatorias. Además, 56.7 % de los expedientes se resolvieron en un plazo igual o menor a 120 días hábiles, lo que permite evaluar empíricamente la demanda en esta materia y el principio de justicia pronta y expedita.
No obstante, el uso de datos cuantitativos también tiene límites. Las cifras permiten identificar patrones y tendencias, pero no explican por sí mismas los significados, las prácticas ni las decisiones que subyacen a esos números. Saber cuántos asuntos se judicializan o se resuelven no explica por qué las personas desconfían de las autoridades o cómo se toman las decisiones al interior de los órganos jurisdiccionales o las instituciones de procuración de justicia.
Por su parte, la investigación cualitativa permite profundizar en la experiencia de los actores jurídicos y en la interpretación del derecho en contextos específicos, pero no siempre permite dimensionar la magnitud de los fenómenos ni comparar su comportamiento entre territorios o en el tiempo. Es precisamente en esta tensión donde cobra relevancia la metodología de investigación mixta, entendida como aquella que “combina de manera sistemática enfoques cualitativos y cuantitativos dentro de un mismo estudio, integrándolos desde el diseño de la investigación”.
En el ámbito jurídico, la metodología mixta permite responder no sólo al “cuánto”, sino también al “cómo” y al “por qué” de los problemas legales. En un contexto donde el derecho enfrenta desafíos cada vez más complejos, incorporar datos sin perder profundidad analítica no es una concesión metodológica, sino una exigencia para una investigación jurídica rigurosa, empíricamente informada y socialmente relevante.