Acerca del curso
La sección Quinta del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares introduce la posibilidad de aplicar un procedimiento de Justicia Restaurativa en materia familiar cuando las partes así lo acuerden de común acuerdo. Este enfoque tiene como finalidad que las partes involucradas reconozcan la existencia del conflicto, asuman su responsabilidad y participen activamente tanto en la reparación de los daños como en la reestructuración de la dinámica familiar.
Este cambio normativo es de gran importancia, ya que, a excepción de casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes, se brinda la oportunidad de ofrecer acompañamiento a las familias más allá de la simple negociación de obligaciones pecuniarias como forma de reparación del daño. Se trata de procesos colaborativos destinados a identificar y prevenir daños, abordando el conflicto desde sus causas y no solo desde sus consecuencias.
La Justicia Restaurativa, al permitir una mirada humanizada de los conflictos, se basa en la premisa de la responsabilidad en lugar de la culpa, buscando enmendar y restaurar las relaciones afectadas. En el ámbito de los conflictos familiares, los abogados deben desarrollar habilidades que vayan más allá de la mediación, ya que en estos casos no se trata simplemente de llegar a un acuerdo entre partes iguales, sino de abordar asimetrías y profundos daños causados.