El derecho de alimentos es una condición indispensable para el desarrollo integral de las personas, pues no solamente contempla satisfacer las necesidades alimenticias, sino proveer de vivienda, vestido, salud, educación y sano esparcimiento. Como obligación, los alimentos se refieren a que los miembros de la familia deben otorgar todo aquello que permita a las personas sobrevivir y desarrollarse con dignidad, y lograr una buena calidad de vida.
El incumplimiento de este deber y la violación al derecho, tienen consecuencias jurídicas de carácter constitucional, legal y jurisprudencial. De hecho, en los últimos años, el trabajo jurisdiccional ha sido fundamental para establecer nuevos significados, alcances y límites a los alimentos, basado en el interés superior de la niñez y la interpretación conforme.
La complejidad de los alimentos radica en su interdependencia con otros derechos, lo cual implica que el deber de proporcionar alimentos es de orden público e interés social. El trabajo de abogados y jueces es determinar el estado de necesidad del acreedor, la capacidad económica del deudor y el determinado vínculo familiar que daría origen a los alimentos.
Por tal motivo, Miguel Carbonell ha seleccionado los criterios judiciales más relevantes respecto al derecho de alimentos, para analizar, a través del razonamiento, la argumentación y la interpretación, la obligación de dar alimentos de los progenitores a hijas e hijos, de los abuelos a nietos y nietas, y de hijas e hijos a los progenitores. Un curso práctico que ayudará a abogados y público en general a comprender el derecho de alimentos.